Corte Suprema reconoce a maestras(os) su derecho a jubilación digna con la ley de INPREMA 1980

Corte Suprema reconoce a maestras(os) su derecho a jubilación digna con la ley de INPREMA 1980

La pretensión de aplicar la nueva ley de INPREMA es generadora de una multiplicidad de afectaciones negativas, fundamentalmente, en las posibilidades económicas para enfrentar las demandas de salud, manutención básica, recreo, cultura, y en general, para cubrir todos los aspectos vitales entendibles lógicos para una existencia digna, no solo en el plano de lo individual, sino que extensivo para el núcleo familiar en los días finales de las maestras y maestros jubilados.

Abog. Víctor Fernández

El pasado 06 de marzo de 2019, la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia de Honduras, por unanimidad de votos falló otorgando amparo a favor de cerca de 300 maestros y maestras quienes podrán jubilarse de acuerdo a lo establecido en la ley de INPREMA de 1980 y no bajo la nueva ley aprobada en 2011 que recortó de manera significativa los derechos de previsión social del gremio magisterial.

El amparo fue interpuesto el 11 de abril de 2018 por cerca de 300 docentes, representados por el bufete legal del abogado Víctor Fernández. Este pretendía, como lo ha logrado con la sentencia obtenida, dejar sin valor y efecto la resolución emitida por el Directorio de Especialistas del Instituto Nacional de Previsión del Magisterio (INPREMA) y asegurar el proceso de jubilación según lo regulado en la ley de INPREMA de 1980.

El conflicto entre la aplicación de la ley de INPREMA de 1980 y la nueva Ley de 2011

Con la entrada en vigencia de la nueva Ley de INPREMA, el Gobierno de la República pretendió que esta regulara las jubilaciones y demás beneficios sin importar que se tratara de docentes que iniciaron su servicio bajo la ley de 1980, sometiéndolos a las nuevas disposiciones que disminuyen, restringen y tergiversan los derechos adquiridos por estos y que son producto de décadas de luchas gremiales.

Es decir que, el Estado de Honduras pretendió que, la nueva ley de 2011 fuera aplicada a todos los trámites de todos los docentes sin excepción alguna y sin observar las condiciones particulares, pretendiendo desconocer que la ley de 1980 debía continuar rigiendo los procesos vinculados a docentes que entraron a cotizar bajo esta y que, al momento de la entrada en vigencia de la nueva ley poseían los requisitos que durante más de treinta años implicaron expectativa para la obtención de su jubilación y otros beneficios.

Los derechos violentados con la pretensión de aplicar la nueva ley a los docentes que se rigen bajo la ley de 1980

Con la negativa del INPREMA a la solicitud de jubilación el Estado violentó el derecho a la aplicación del principio de no retroactividad de la ley y el derecho a garantizar el principio de desarrollo progresivo de los derechos económicos, sociales y culturales (DESC) y su efecto en el derecho humano a la jubilación, contenidos en los artículos constitucionales 96 y 64, respectivamente y fueron estos los que justificaron la acción de amparo presentada.

El principio de no retroactividad, consiste fundamentalmente en que no se puede aplicar a un caso concreto una ley que se adoptó o emitió con posterioridad al mismo, en vista de que dicha situación jurídica fue creada por una normativa legal previa. Y, respecto de la obligación de progresividad de los DESC, dentro de los cuales se encuentran los derechos de previsión social, según el Comité DESC se clasifica en dos tipos que son la obligación de mejorar continuamente el disfrute de los derechos; y, la obligación de abstenerse de tomar medidas deliberadamente regresivas, es decir que disminuyan el alcance de los derechos.

Ambos derechos fueron violentados con la arbitraria imposición de la ley vigente del INPREMA (2011) al caso concreto de los docentes amparistas. Y la violación de estos derechos es generadora de una multiplicidad de afectaciones negativas, fundamentalmente, en sus posibilidades económicas para enfrentar las demandas de salud, manutención básica, recreo, cultura, y en general, para cubrir todos los aspectos vitales entendibles lógicos para una existencia digna, no solo en el plano de lo individual, sino que extensivo para el núcleo familiar en los días finales de personas que además pasaron a formar parte de la población vulnerable del adulto mayor.

El fallo de la sentencia de amparo y su alcance

En su parte resolutiva o fallo, la sentencia además de otorgar el amparo a favor de los y las docentes, manda al INPREMA: Otorgar el beneficio de jubilación a los docentes que ya habían cumplido los requisitos exigidos y que no presentaron el escrito de solicitud de la misma antes de la fecha del 19 de enero de 2012, fecha en que entró en vigencia la nueva ley.

Proporcionar financiación sostenible y oportuna para que a los docentes que aun cuando sabían de sus derechos vulnerados gestionaron su jubilación y esta les fue otorgada con la nueva ley, afectándoseles en la cantidad mensual a percibir a efecto de que se les calcule su jubilación con los montos establecidos en la ley anterior y le sea reconocido el porcentaje faltante de manera retroactiva hasta cinco años atrás contados a partir de la fecha de vigencia de la sentencia.

Devolver el derecho vulnerado a aquellos maestros que han cotizado por un período mínimo a 30 años en adelante a efecto de que se le tramite su jubilación con los beneficios establecidos en la Ley de 1980, de manera que se vayan jubilando los docentes dentro de un debido proceso, sin aplicación retroactiva de la ley hasta llegar hasta la generación de docentes que ingresaron al sistema bajo la vigencia de la nueva ley y que, el INPREMA disponga presupuestariamente lo necesario para la aplicación de la sentencia.

Las afirmaciones de la sentencia y su importancia como precedente en el derecho a  la previsión social en Honduras

Sin duda alguna el fallo y lo que manda significan un logro para las docentes, pero, la sentencia contiene importantes considerandos que implican afirmaciones sustanciales para entender y reconocer la responsabilidad del Estado en el caso concreto y en casos similares.

La Sala de manera expresa afirma, entre muchas otras cosas que, la ley aplicable al caso es la contenida en el decreto No. 1026 del 15 julio de 1980, sus reformas y sus reglamentos y que se trata de un caso de derechos condicionados que pueden ejercerse en cualquier tiempo siempre y cuando se haya cumplido la condición que exige la ley por ser verdaderos derechos con existencia propia.

En cuanto al INPREMA afirma que en su resolución esta aplicó una nueva ley a casos que, si bien iniciaron trámites administrativos después del 2011 ya habían obtenido el derecho social contenido en la ley anterior de 1980 por haber cumplido ya todos los requisitos exigidos y que incluso, respecto a la adopción de la nueva ley, el Estado no planteó una defensa en la cual prime un interés general y democrático que justifique el retroceso en cuanto a derechos adquiridos en la ley derogada.

Además, el Estado generó y mantuvo por más de dos décadas la expectativa de una pensión o proceso de jubilación de acuerdo a la ley de 1980, el cual pretendió ser modificado de manera negativa al aplicar una nueva ley y que, el derecho no lo determina el tiempo en el que se interpuso la solicitud, si antes o después de la vigencia de la nueva ley, lo determina el cumplimiento de los requisitos de ley.

Finalmente, afirma como precedente de importancia en relación a la adopción de nuevas leyes como la del INPREMA que, el Estado debió prever un sistema escalonado en el tiempo para no vulnerar derechos humanos a un grupo que pasarán a formar parte del grupo vulnerable del adulto mayor.

La importancia de la sentencia obtenida como victoria por parte de los docentes que interpusieron el amparo y su representación legal tiene que ver no solo con lo que la Sala manda a ejecutar, ni solo con las afirmaciones y señalamiento de responsabilidad del Estado en relación a los derechos de previsión social, sino que también abre la posibilidad de una jubilación digna al resto de docentes que aunque no formaron parte de la acción se encuentran en alguna de las condiciones que el fallo reconoce, pero que en general, su relación de servicio y de cotización se rigió por la ley de 1980.

En el contexto de país que vive Honduras, la adopción de leyes regresivas y que recortan derechos se ha instalado como una práctica que cada día va en escalada, sin embargo, la sentencia obtenida implica un límite a esa pretensión y sienta las bases para continuar luchando por condiciones de vida digna y justa para los docentes pero también para la población hondureña en general.

Corte Suprema reconoce a maestras(os) su derecho a jubilación digna con la ley de INPREMA 1980

Corte Suprema reconoce a maestras(os) su derecho a jubilación digna con la ley de INPREMA 1980

El pasado 06 de marzo de 2019, la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia de Honduras, por unanimidad de votos falló otorgando amparo a favor de cerca de 300 maestros y maestras quienes podrán jubilarse de acuerdo a lo establecido en la ley de INPREMA de 1980 y no bajo la nueva ley aprobada en 2011 que recortó de manera significativa los derechos de previsión social del gremio magisterial.

El amparo fue interpuesto el 11 de abril de 2018 por cerca de 300 docentes, representados por el bufete legal del abogado Víctor Fernández. Este pretendía, como lo ha logrado con la sentencia obtenida, dejar sin valor y efecto la resolución emitida por el Directorio de Especialistas del Instituto Nacional de Previsión del Magisterio (INPREMA) y asegurar el proceso de jubilación según lo regulado en la ley de INPREMA de 1980.

El conflicto entre la aplicación de la ley de INPREMA de 1980 y la nueva Ley de 2011

El fondo del conflicto que motivó la presentación del amparo radica en que el 15 de julio de 1980 entró en vigencia la Ley de INPREMA que reguló la prestación de los beneficios para todos los y las docentes que ingresaron al sistema hasta el 19 de enero de 2012, fecha en la que entró en vigencia la nueva Ley que derogó la ley anterior, sus reformas y sus reglamentos.

Con la entrada en vigencia de la nueva Ley de INPREMA, el Gobierno de la República pretendió que esta regulara las jubilaciones y demás beneficios sin importar que se tratara de docentes que iniciaron su servicio bajo la ley de 1980, sometiéndolos a las nuevas disposiciones que disminuyen, restringen y tergiversan los derechos adquiridos por estos y que son producto de décadas de luchas gremiales.

Es decir que, el Estado de Honduras pretendió que, la nueva ley de 2011 fuera aplicada a todos los trámites de todos los docentes sin excepción alguna y sin observar las condiciones particulares, pretendiendo desconocer que la ley de 1980 debía continuar rigiendo los procesos vinculados a docentes que entraron a cotizar bajo esta y que, al momento de la entrada en vigencia de la nueva ley poseían los requisitos que durante más de treinta años implicaron expectativa para la obtención de su jubilación y otros beneficios.

Los derechos violentados con la pretensión de aplicar la nueva ley a los docentes que se rigen bajo la ley de 1980

Con la negativa del INPREMA a la solicitud de jubilación el Estado violentó el derecho a la aplicación del principio de no retroactividad de la ley y el derecho a garantizar el principio de desarrollo progresivo de los derechos económicos, sociales y culturales (DESC) y su efecto en el derecho humano a la jubilación, contenidos en los artículos constitucionales 96 y 64, respectivamente y fueron estos los que justificaron la acción de amparo presentada.

La pretensión de aplicar la nueva ley de INPREMA es generadora de una multiplicidad de afectaciones negativas, fundamentalmente, en las posibilidades económicas para enfrentar las demandas de salud, manutención básica, recreo, cultura, y en general, para cubrir todos los aspectos vitales entendibles lógicos para una existencia digna, no solo en el plano de lo individual, sino que extensivo para el núcleo familiar en los días finales de las maestras y maestros jubilados.

Abog. Víctor Fernández

El principio de no retroactividad, consiste fundamentalmente en que no se puede aplicar a un caso concreto una ley que se adoptó o emitió con posterioridad al mismo, en vista de que dicha situación jurídica fue creada por una normativa legal previa. Y, respecto de la obligación de progresividad de los DESC, dentro de los cuales se encuentran los derechos de previsión social, según el Comité DESC se clasifica en dos tipos que son la obligación de mejorar continuamente el disfrute de los derechos; y, la obligación de abstenerse de tomar medidas deliberadamente regresivas, es decir que disminuyan el alcance de los derechos.

Ambos derechos fueron violentados con la arbitraria imposición de la ley vigente del INPREMA (2011) al caso concreto de los docentes amparistas. Y la violación de estos derechos es generadora de una multiplicidad de afectaciones negativas, fundamentalmente, en sus posibilidades económicas para enfrentar las demandas de salud, manutención básica, recreo, cultura, y en general, para cubrir todos los aspectos vitales entendibles lógicos para una existencia digna, no solo en el plano de lo individual, sino que extensivo para el núcleo familiar en los días finales de personas que además pasaron a formar parte de la población vulnerable del adulto mayor.

El fallo de la sentencia de amparo y su alcance

En su parte resolutiva o fallo, la sentencia además de otorgar el amparo a favor de los y las docentes, manda al INPREMA:

  1. Otorgar el beneficio de jubilación a los docentes que ya habían cumplido los requisitos exigidos y que no presentaron el escrito de solicitud de la misma antes de la fecha del 19 de enero de 2012, fecha en que entró en vigencia la nueva ley;
  2. Proporcionar financiación sostenible y oportuna para que a los docentes que aun cuando sabían de sus derechos vulnerados gestionaron su jubilación y esta les fue otorgada con la nueva ley, afectándoseles en la cantidad mensual a percibir a efecto de que se les calcule su jubilación con los montos establecidos en la ley anterior y le sea reconocido el porcentaje faltante de manera retroactiva hasta cinco años atrás contados a partir de la fecha de vigencia de la sentencia.
  3. Devolver el derecho vulnerado a aquellos maestros que han cotizado por un período mínimo a 30 años en adelante a efecto de que se le tramite su jubilación con los beneficios establecidos en la Ley de 1980, de manera que se vayan jubilando los docentes dentro de un debido proceso, sin aplicación retroactiva de la ley hasta llegar hasta la generación de docentes que ingresaron al sistema bajo la vigencia de la nueva ley.
  4. Que el INPREMA disponga presupuestariamente lo necesario para la aplicación de la sentencia

Las afirmaciones de la sentencia y su importancia como precedente en el derecho a  la previsión social en Honduras

Sin duda alguna el fallo y lo que manda significan un logro para las docentes, pero, la sentencia contiene importantes considerandos que implican afirmaciones sustanciales para entender y reconocer la responsabilidad del Estado en el caso concreto y en casos similares.

La Sala de manera expresa afirma, entre muchas otras cosas que, la ley aplicable al caso es la contenida en el decreto No. 1026 del 15 julio de 1980, sus reformas y sus reglamentos y que se trata de un caso de derechos condicionados que pueden ejercerse en cualquier tiempo siempre y cuando se haya cumplido la condición que exige la ley por ser verdaderos derechos con existencia propia.

En cuanto al INPREMA afirma que en su resolución esta aplicó una nueva ley a casos que, si bien iniciaron trámites administrativos después del 2011 ya habían obtenido el derecho social contenido en la ley anterior de 1980 por haber cumplido ya todos los requisitos exigidos y que incluso, respecto a la adopción de la nueva ley, el Estado no planteó una defensa en la cual prime un interés general y democrático que justifique el retroceso en cuanto a derechos adquiridos en la ley derogada.

Además, el Estado generó y mantuvo por más de dos décadas la expectativa de una pensión o proceso de jubilación de acuerdo a la ley de 1980, el cual pretendió ser modificado de manera negativa al aplicar una nueva ley y que, el derecho no lo determina el tiempo en el que se interpuso la solicitud, si antes o después de la vigencia de la nueva ley, lo determina el cumplimiento de los requisitos de ley.

Finalmente, afirma como precedente de importancia en relación a la adopción de nuevas leyes como la del INPREMA que, el Estado debió prever un sistema escalonado en el tiempo para no vulnerar derechos humanos a un grupo que pasarán a formar parte del grupo vulnerable del adulto mayor.

La importancia de la sentencia obtenida como victoria por parte de los docentes que interpusieron el amparo y su representación legal tiene que ver no solo con lo que la Sala manda a ejecutar, ni solo con las afirmaciones y señalamiento de responsabilidad del Estado en relación a los derechos de previsión social, sino que también abre la posibilidad de una jubilación digna al resto de docentes que aunque no formaron parte de la acción se encuentran en alguna de las condiciones que el fallo reconoce, pero que en general, su relación de servicio y de cotización se rigió por la ley de 1980.

En el contexto de país que vive Honduras, la adopción de leyes regresivas y que recortan derechos se ha instalado como una práctica que cada día va en escalada, sin embargo, la sentencia obtenida implica un límite a esa pretensión y sienta las bases para continuar luchando por condiciones de vida digna y justa para los docentes pero también para la población hondureña en general.

Libertad inmediata para la y los presos políticos de Guapinol

Compañeros y compañeras de Guapinol durante la audiencia inicial en Tegucigalpa, Honduras.
Foto: Redes sociales.

El Estado de Honduras criminaliza las legítimas luchas de las comunidades en defensa del agua para la vida, por lo que desde el Movimiento Amplio condenamos la injusta y criminal privación de libertad de once defensores y una defensora de los derechos humanos del sector de Guapinol, Tocoa, por mandato expreso de los operadores de justicia del Ministerio Público y juzgados involucrados en la criminalización de los líderes del Aguán. Desenmascaramos la actitud cómplice de los operadores de justicia por la cual caen de rodillas ante los empresarios saqueadores de los bienes naturales de los pueblos y sólo se ponen de pie para denegar justicia al pueblo, torcerla a favor de la oligarquía extractivista y castigar a los humildes que se atreven a defender la vida.

Como si no fuera más que suficiente el asesinato de alrededor de dos centenas de campesinos en la zona del Aguán a los cuales el Estado de Honduras no ha hecho justicia, la crisis causada por la devastación que está provocando la empresa minera Los Pinares en los sectores de Guapinol y Ceibita ya ha producido 3 asesinatos, 20 personas desplazadas (algunas con sus familias) y 18 líderes y lideresas criminalizadas. Se acusa de asociación ilegal a quienes se organizan para defender junto con sus comunidades el derecho humano de acceso al agua, decretado por la ONU mediante Resolución 64/292, el 28 de julio de 2010.

Resulta inadmisible que los operadores de justicia criminalicen de una sola vez a los líderes y lideresas de las comunidades del sector de Guapinol en vez de solventar la presente crisis, que ya la Ley General de Aguas asume como situación normal -a la cual hay que adelantarse-que de suyo se presenta en torno a la gestión de los recursos hídricos. El segundo considerando de la Ley General de Aguas reconoce que “la gestión del agua tiene una profunda influencia en la gobernabilidad y convivencia humana” y, además, “puede estar asociada a crisis internas”, que los funcionarios deben saber manejar, en todo caso gestionar la resolución de conflictos hídricos, aplicando el principio de subsidiariedad.

La decisión de enjuiciar a las líderes y lideresas de las comunidades de Guapinol por supuestos delitos de asociación ilícita resulta tan descabellada como injusta. Organizarse para la gestión hídrica de las comunidades no es ni nunca será un delito sino un derecho inalienable que se debe defender aun con la vida misma si es necesario. La ya citada Ley General de Aguas convoca a los ciudadanos y ciudadanas a organizarse para la gestión de los recursos hídricos, reconociendo en este recurso natural un bien social cuya prioridad esencial consiste en la satisfacción del consumo humano y su saneamiento; los demás usos vendrán por añadidura si los caudales lo permiten. El Artículo 3 considera como principios fundamentales de la gestión hídrica: 1) la protección y conservación del agua como acción prioritaria del Estado, pero como el Estado no lo hace, entonces lo tiene que hacer el pueblo de Tocoa; 2) “El consumo humano tiene relación preferencial y privilegiada sobre los demás usos, que es justamente lo que reclaman nuestros compañeros y compañera de Guapinol ahora criminalizados; 3) el agua es un recursos social y su acceso debe ser equitativo, por lo que no es posible que el Estado inclusive se haya prestado para reducir la zona Núcleo del Área Protegida con tal de satisfacer los intereses de las empresa minera Los Pinares y ahora permite la contaminación de las aguas corrientes de la zona; 4) la participación ciudadana debe hacerse efectiva en todas las etapas o momentos de la gestión hídrica, pero mientras la ley llama a la organización para la participación ciudadana los operadores de justicia más bien califican de asociación ilícita la organización de las comunidades que defienden sus bienes hídricos; y 5) ”La gestión integral del recurso agua se hará con la participación y responsabilidad de todas las instancias”, sin embargo, las autoridades municipales y gubernamentales quieren decidir el destino de las aguas de Tocoa al tenor de las demandas de las empresas saqueadoras de bienes naturales, sin contar con las comunidades y sus organizaciones locales. Le recordamos al Estado de Honduras que si las autoridades están actuando en sentido contrario a lo que manifiestan las leyes, entonces nuestros compañeros y compañera de Guapinol son objeto de denegación de justicia.

¿Basta ya!

¡Alto a la impunidad de los operadores de justicia y los cuerpos represivos del Estado!, que han olvidado que por sobre la obediencia absoluta de quienes puedan sentirse subalternos por diferentes intereses está el deber de cumplir las leyes que emanan de la Constitución de la república.

El Movimiento Amplio exige al Estado hondureño cumplir con la responsabilidad de prevenir las violaciones a los derechos humanos y le recuerda que el Derecho Internacional afirma que “El acceso a agua potable es una condición previa fundamental para el goce de varios otros derechos humanos” (OACNUDH, 2011).

Luchadora social de Guapinol, Honduras, criminalizada por defender el agua de su comunidad. Foto: Redes sociales

Desde el Movimiento Amplio demandamos al Estado de Honduras el cumplimiento del Principio de No Discriminación al derecho al Agua. Le corresponde al Estado aplicar este principio y hacerlo realidad en las comunidades de Guapinol, a quienes se les niega de forma permanente el derecho a decidir colectivamente sobre la gestión de sus bienes hídricos por la única razón de ser pobres y carecer del poder económico que ostenta la empresa Los Pinares, violentando el Artículo 2, párrafo segundo del Pacto Internacional de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales. El Estado tiene el deber de proteger a las personas y comunidades sometidas a vulneraciones provenientes de la empresa Los Pinares y, en vez de estar criminalizando a quienes defienden la vida, debe establecer las medidas y políticas pertinentes de prevención y protección para que la empresa minera no violente los derechos humanos de los particulares.

Le advertimos a los operadores de justicia que ahora criminalizan los líderes y lideresas de Guapinol que si el Estado no observa cabalmente sus procederes legales en materia de derechos humanos, medio ambiente y gestión hídrica, le será atribuible la responsabilidad internacional por dichas violaciones, para lo cual remitimos a la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos sobre el Caso Gonzales Lluy y otros Vs. Ecuador. Sentencia de 01 de septiembre de 2015. Serie C No. 298, Párrafo 170.

Demandamos también la correcta aplicación del Principio de Precautoriedad Ambiental. Es urgente que el Estado de Honduras corrija su miopía política que sólo le permite juzgar la realidad desde los intereses de los accionistas de la empresa Los Pinares y comience a interpretar las correctas y justas acciones de los líderes criminalizados de Guapinol desde el universal Principio de Precautoriedad Ambiental, consagrado como principio de derecho internacional en el artículo 15 de la Declaración de Río sobre el medio ambiente, de 1992, de la cual Honduras es parte: “Con el fin de proteger el medio ambiente, los Estados deberán aplicar ampliamente el criterio de precaución (…). Cuando haya peligro de daño grave e irreversible, la falta de certeza científica absoluta no deberá utilizarse como razón para postergar la adopción de medidas eficaces en función de los costos para impedir la degradación del medio ambiente”.

Y le recordamos a los operadores de justicia que han criminalizado injustamente y sin ninguna razón a los compañeros de Guapinol que el Principio de Precautoriedad Ambiental ya fue incorporado al derecho positivo de Honduras, estableciendo el Artículo 3 de la Ley del Reglamento del SINEIA que, ante la existencia de amenaza de un daño al medio ambiente o a la salud humana, se tomen medidas preventivas antes de continuar con la actividad sospechosa, aun en ausencia de certeza científica. Es decir, se debe detener la actividad que produce el potencial daño al medio ambiente o a las vidas humanas hasta que se recobre la certeza científica de la ausencia de riesgo y se tomen las medidas preventivas pertinentes.

 Las comunidades del sector de Guapinol han alertado insistentemente sobre los cuadros de daños ambientales y humanos provocados por la explotación minera y se han hecho proyecciones muy bien fundadas sobre la magnitud de los peligros potenciales de continuar con la explotación minera, sobre todo en la devastación de los bienes hídricos del municipio de Tocoa. Pero el Estado de Honduras ha permanecido sordo a las denuncias y clamores de los pueblos de Tocoa, violentando de esta manera la aplicación correcta de las leyes ambientales. No es justo, pues, que se castigue con prisión a quienes defienden la vida.

Es importante que el Ministerio Público realice investigaciones diligentes y apegadas a la verdad y a la justicia antes de ponerse a criminalizar a las personas pobres de las comunidades que defienden los bienes naturales del sector de Guapinol. No hacerlo en escenarios como el creado por la concesión minera otorgada a la empresa Los Pinares, no solamente los responsables del delito no responden por sus actos, sino que también se envía un mensaje de impunidad al resto de los empresarios oligarcas y transnacionales extractivas. El Estado de Honduras debe demostrar que defiende justamente a la población hondureña y limpiar su imagen, expuesta hasta ahora como un socio más de las empresas violadoras de los derechos humanos, permitiendo su impunidad. 

Desde el Movimiento Amplio llamamos a todas las comunidades de Honduras y de manera especial a los más de 25 sectores y comunidades que a nivel nacional estamos en actitud de resistencia social defendiendo la soberanía ambiental de nuestros pueblos a declararnos en Alerta Permanente y Solidaria dando seguimiento a los acontecimientos que se suceden con los compañeros y compañeras de Guapinol. No podemos permitir que en una actitud descarada y en flagrante violación a los derechos de las personas y los pueblos emerja desde el funcionariado cortesano de la narcodictadura la prohibición y el castigo consecuente a quienes se atrevan a defender la vida con todas sus implicaciones. En Guapinol se juega la libertad y la vida del pueblo hondureño. Solidaridad permanente con Guapinol.

¡De las resistencias comunitarias a la reconstrucción de la soberanía nacional!

Desde las comunidades en resistencia,

26 de febrero de 2019.

MOVIMIENTO AMPLIO POR LA DIGNIDAD Y LA JUSTICIA

Venezuela, una herida provocada por los intereses imperialistas

La región latinoamericana y caribeña enfrenta la mayor de las crisis de soberanía y autodeterminación.

El intento imperialista de concretar una invasión, a través de una especie de golpe de Estado a la República Bolivariana de Venezuela, forma parte de la crisis social que lentamente se ha venido gestando en la patria de Bolívar desde hace varios años, alimentada por fuerzas e intereses extra regionales, muy concretamente por los Estados Unidos de América y en la cual ha sido transversal el discurso de la crisis migratoria y de derechos humanos a fin de asegurar sus intereses intervencionistas.

Desde las Honduras de Centroamérica, después de haber vivido el golpe de Estado de 2009, promovido por el Departamento de Estado, y desde la implantación de la narco dictadura en 2017, impuesta por la embajada norteamericana, podemos desenmascarar con mucha autoridad soberana y moral el descaro de los Estados Unidos al acusar al gobierno de Venezuela de mantenerse en el poder recurriendo a  tácticas anti democráticas que justamente son las mismas que han utilizado ellos para mantener una narco dictadura en Honduras dedicada a complacer los deseos imperiales en todo momento.

Un lamentable y servil papel ha sido en esta crisis el jugado por el Grupo de Lima, el sistema regional de derechos humanos y de manera particular, el Secretario General de la OEA, Luis Almagro y más recientemente el de la Organización de las Naciones Unidas, quien siguiendo los antojos convocó a reunión del Consejo de Seguridad de la ONU para abordar la situación de Venezuela.

Desde estas instancias se promueve el enfrentamiento entre la población venezolana y la comunidad internacional, se intenta desconocer el rol patriótico, latinoamericanista y solidario que Venezuela ha jugado a lo largo del siglo XXI; se desconocen los esfuerzos realizados para construir una identidad latinoamericana inclusiva, desde el reforzamiento de los sectores sociales más vulnerables de nuestras naciones.

Sin embargo, a pesar de las presiones y el chantaje de Estados Unidos, estas instancias fueron los escenarios de las dos derrotas consecutivas del gobierno de Donald Trump en foros internacionales. Primero fracasó en la Organización de Estados Americanos (OEA) al tratar de imponer el reconocimiento del autoproclamado presidente interino Juan Guaidó (quien no tiene sede de Gobierno ni gabinete, ni mucho menos participo en el proceso electoral), y ahora en su presentación ante el Consejo de Seguridad de Naciones Unidas.

Ante ese escenario, los pueblos del continente estamos llamados a cerrar filas contra las invasiones del imperio estadounidense que solamente dejan destrucción en las naciones invadidas y provocan heridas profundas en las colectividades sociales que tardan mucho en sanarse.

La crisis de Ucrania dejó más de cien mil ucranianos asesinados y 800 mil personas refugiadas y desplazadas. La invasión de Libia supuso el asesinato de 5,000 (cinco mil) libios más otras 650 mil personas desplazadas y refugiadas. La crisis de Siria, la más vil de las invasiones norteamericanas en el siglo XXI, reporta el saldo de 511 mil personas asesinadas y más de 6 millones de desplazados y refugiados.

Y qué decir de la invasión a Irak con un saldo de más de un millón de ciudadanos y ciudadanas asesinadas. Debemos evitar que estas tragedias se repitan en América Latina y por lo pronto en el pueblo de Venezuela. Ningún sector social o político venezolano tiene garantía de salir ileso de una posible invasión imperialista, a excepción de los venezolanos que desde ya viven en Miami y otras tierras lejanas de la patria.

Ese recorrido mínimo y necesario, permite leer con mayor claridad lo que hay detrás de la hipócrita preocupación de Estados Unidos por la situación de los derechos humanos de la población venezolana.

Sin lugar a dudas, todas las acciones y estrategias puestas en marcha por Estados Unidos en contra del gobierno venezolano, pasando desde las sanciones impuestas, hasta el chantaje expresado por el secretario de Estado, Mike Pompeo, dejan clara la vuelta a la época de la guerra fría, donde mecanismos y estructuras económicas y políticas se disponen a los intereses imperialistas.

En ese escenario, defender a la república de Venezuela de los intentos de golpes de Estado y pretensiones intervencionistas es un imperativo ético.

Desde nuestra realidad inmediata en Honduras, también pasa por poner freno a los gobiernos lacayos como el nuestro, que ponen en vergüenza una y otra vez a través de discursos como el manifestado por la representante de país ante el Consejo de Seguridad de la ONU.

Detrás de la crisis generada en Venezuela, están las acciones criminales orientadas a doblegar a los gobiernos y sociedades que no ceden a los intereses geopolíticos de Estados Unidos. Pero sobre todo, está en juego la estabilidad de los pueblos de América Latina.

Desde el Movimiento Amplio por la Dignidad y la Justicia nos solidarizamos con el  digno y valiente pueblo venezolano con quienes compartimos y respaldamos su lucha anti imperialista, destacamos su labor y tenacidad por la defensa de la soberanía nacional y la autodeterminación de los pueblos latinoamericanos.

Honduras, 29 de enero de 2019

A 1 año de dictadura: insurrección permanente

A un año de auto imponerse la narco dictadura, desde el Movimiento Amplio reivindicamos con mayor poderío el “FUERA JOH”, pero reiteramos que lo queremos fuera y preso, por ser uno de los principales dirigentes de una clase     política-económica criminal y corrupta que han asaltado a todos los poderes e instituciones constitucionales del Estado para adueñarse de los bienes y recursos que deben ser públicos y de beneficio colectivo. JOH y sus funcionarios -socios en lugar de construir y garantizar una gobernabilidad justa, equitativa, inclusiva y transparente- se han encargado de entronizar el crimen, el abuso, el narcotráfico, la impunidad y la corrupción como práctica de una dictadura cruel e injusta.

No perdonamos que el descontento social que siguió al fraude electoral haya sido sofocado a sangre y fuego. Son al menos 38 personas asesinadas por las fuerzas de seguridad del Estado. Mártires de la democracia -entre los cuales se cuentan nuestros compañeros Ramón Fiallos, Wilmer Paredes y Geovany Cárcamo- que no merecieron la muerte como castigo por amar y defender la patria y exigir respeto de la voluntad ciudadana de todos y todas. El Movimiento Amplio no los olvidará jamás.

Como Movimiento Amplio condenamos el cinismo imperial y abominable de los Estados Unidos de América, que a finales de 2017 facultó a la narco dictadura hondureña para burlar la voluntad ciudadana y mantenerse en el poder de la manera más grotesca y criminal, y que ha continuado durante todo el 2018 y ahora en 2019, solapando y a la vez alentando el manejo abusivo de JOH y su pandilla de criminales.

Estados Unidos se ha encargado de dar vida a una narco dictadura en Honduras, como lo hace en otros países latinoamericanos, para crearse al mismo tiempo la justificación de la lucha anti drogas y así mantener en ocupación militar permanente a los pueblos con democracias endebles como el nuestro. Igualmente deploramos la doble moral del Secretario General de la OEA y de la Unión Europea, que posterior al proceso electoral de 2017 generaron conclusiones objetivas y justas en un primer momento, pero siniestras y complacientes con el imperio norteamericano tan pronto como se pronunciara el Departamento de Estado de Estados Unidos.

Deploramos la actitud apátrida y criminal de las Fuerzas Armadas de Honduras y la Policía Nacional Civil, porque, en lugar de hacer prevalecer lo que manda la Constitución, se degradaron a ser meros “elementos” asesinos de su mismo pueblo y empresas de seguridad privada para los grandes carteles del narcotráfico. No hay perdón para el soldado que dispara contra su mismo pueblo. No descansaremos hasta verlos sometidos a la justicia de una Honduras liderada por gobernantes justos y honestos. No pararemos de denunciar criminales y exigir justicia.

Desde el Movimiento Amplio nos declaramos en sublevación permanente e indefinida hasta que la democracia sea paz para el pueblo y justicia para todas y todos. Llamamos a la población a luchar, a no desmayar en el reclamo diario y permanente de la justicia que nunca llega, pero que terminará por imponerse. Esta sublevación permanente e indefinida se vive desde ya en los territorios donde las comunidades defienden soberanamente sus bienes naturales y exigen que las instituciones del Estado funcionen correctamente; desde escuelas y centros de salud hasta aquellas encargadas de velar por la paz social y la aplicación de justicia.

Saludamos especialmente a los jóvenes y mujeres por el papel rebeldemente justo que han jugado en la historia más reciente de Honduras, particularmente desde el golpe de Estado en 2009 y el fraude electoral de 2017. Se les invita a no desmayar, a no acomodarse y ajustarse a las miserias que provee la narco dictadura que nos somete, sino a continuar recuperando y reconstruyendo la patria que anhelamos, esa patria-amor cargada de solidaridad y entrega que nada tiene que ver con patriotismos fascistas importados e inculcados en nuestros pueblos. Igualmente saludamos a los pueblos originarios y afrodescendientes y en general a todas las comunidades campesinas que defienden lo suyo y no se dejan someter ante quienes intentan despojarlos de sus bienes naturales.

La narco dictadura debe y tiene que tener final. Estamos llamados y llamadas a construir este final y a deducirle responsabilidades por el enorme daño que le ha hecho al país. Llamamos a construir la unidad nacional sin barricadas entre los mismos movimientos sociales, sin intereses mezquinos entre líderes y lideresas; a dejar el acomodo y el cálculo, a formarnos, y generar un nuevo pensamiento y formas de hacer las cosas que esté a la altura del país y de las demandas de cambio real de la población; a luchar por nuestra independencia orgánica e ideológica, a proponer más y reaccionar menos, a comprender que nuestro trabajo inmediato es derrocar y encarcelar a la banda de políticos y empresarios criminales que actualmente están en las estructuras de poder. Pero debemos estar claros que nuestra responsabilidad mayor es elaborar, construir y dirigir un nuevo horizonte para Honduras basado en dignidad y justicia.   


“Lo que se empieza se termina; si no, no sirve” Ramón Fiallos

Arizona, Atlántida. 25 de enero de 2019

MOVIMIENTO AMPLIO POR LA DIGNIDAD Y LA JUSTICIA

El legado de Wilmer Paredes: La digna resistencia

Fotografía: Martín Cálix

El legado de Wilmer Paredes: Digna resistencia

Por Heidy Alachán

Era el primer día de enero, como hoy. Hacía calor desde temprano. Había sido una navidad atípica y una despedida de año atípica también. Los días previos al 22 de diciembre, miles de calles del país entero se habían convertido en verdaderos centros de concentración, en escenarios de batallas campales, con residuos de objetos quemados, vehículos, llantas, bombas lacrimógenas, sangre inocente, lágrimas, llantos largos y mucho dolor.

El fraude electoral nos heredó un fin de año sin precedentes y cuando pensamos que todo se había detenido y volvía mínimamente la normalidad de un primero de enero, alrededor de las 7:30 de la mañana, en una casa de la aldea de Lombardía, Esparta, en el departamento de Atlántida, luego del estallido de varios disparos de arma de fuego y desconocidos huyendo del lugar, Wilmer Adalberto Paredes Gámez, estaba muerto.

Para quienes recibimos la noticia casi inmediata, los momentos y recuerdos empezaron a desfilar automáticamente. Sí, era Wilmer Paredes, el mismo Wilmer por quien el 16 de diciembre habíamos hecho miles de llamadas a Soraya Morales, a Franklin López,  a la fiscal de turno de la Ceiba, e incluso a fiscales que mínimamente podían intervenir en la emergencia, pero teníamos que intentarlo todo y agotar todas las instancias posibles. Por quien nuestros compañeros(as), nuestro coordinador general y observadores internacionales habían puesto su propio cuerpo a cambio de sacarlo a salvo de las manos de militares.

Era el mismo Wilmer que ese 16 de diciembre había sido brutalmente golpeado y torturado junto a otros jóvenes, entre ellos dos de nuestros compañeros de organización, por agentes de seguridad del Estado, en la represión policial y militar sobre la carretera CA-13, a la altura de la comunidad de Agua Tibia, en Atlántida.

Ese día Wilmer, no solo fue víctima de la represión general, sino que fue también sometido a tratos crueles y degradantes. Los agentes, entre gritos, golpes y choques eléctricos (tasser) le obligaron junto a otros jóvenes, a retirar los restos de llantas en llama, piedras y varios metros de arena que estaban sobre la carretera CA-13. Algunos con palas, pero en su mayoría con las manos y pies, mientras eran golpeados y encañonados con fusiles.

Como si no fuera suficiente, mientras sucedía todo eso, les intimidaban con choques eléctricos  (tasser) cerca de sus rostros. Les gritaban palabras y frases groseras. Burlándose entre ellos, les preguntaban a gritos: ¿“dónde está tu pueblo unido”? “vagos”. Luego se reían, les lanzaban golpes, patadas, escupitajos y arena en los ojos, cabello y cuerpo, durante una hora y media. Luego de ese día, Wilmer estuvo recuperándose de los golpes en cama, no logró levantarse para denunciar junto al resto lo que había pasado.

Luego vinieron también el resto de recuerdos. El intercambio de llamadas de Martín Fernández con el personal del mecanismo nacional de protección para defensores y defensoras. El comportamiento y el análisis de la abogada encargada quien excusó su inacción en el hecho de que Wilmer Paredes no formaba parte de la población beneficiaria de la protección del mecanismo.

No fue suficiente para ella escuchar relatados fielmente por Martín, todos los hechos narrados por Wilmer, incluso sus miedos al límite del llanto en días recientes, cuando llegó hasta donde él a contarle que camionetas y vehículos extraños le daban seguimiento de forma permanente, que temía por su vida y la de su familia y que necesitaba ayuda y protección. No, para el mecanismo nacional que se nutre de millones del dinero de la cooperación internacional y que con sus mentirosos avances y logros el Estado de Honduras se brinda pompas y platillos ante los organismos internacionales de derechos humanos, Wilmer Paredes no estaba en una situación de emergencia y su vida no mereció siquiera una actitud flexible, una mínima acción. Tres días después de esas llamadas, Wilmer estaba muerto.

Luego de su asesinato, su velorio y su entierro, los ataques y persecución al resto de jóvenes que como él, asumieron la resistencia anti fraude en San Juan junto y desde el MADJ continuaron. Algunos de ellos tuvieron que salir de sus lugares de habitación y no han podido regresar hasta la fecha.

La Dirección de Investigación Policial (DPI) “hizo su trabajo”. En su sofisticado informe de investigación, al mejor estilo de Honduras consignó como hechos relevantes que Wilmer trabajaba en una discoteca, que en días anteriores había tenido conflictos con clientes del lugar y que, tenía como antecedente el atropellamiento de una persona quien cuyos hijos indignados por el hecho podían ser pieza clave en la investigación. No escribieron una letra sobre el fraude, la movilización y el papel de Wilmer en medio de todo eso. Hasta la fecha, la justicia no llega y ni siquiera asoma.

Familia de Wimer Paredes sostiene su fotografía. Captura: Martín Cálix.

Pero hoy, que ha pasado un año desde que Wilmer Paredes ya no está. Que no está más el compañero decidido con el que se paralizaron las calles de San Juan y se hizo sentir el Fuera JOH en Atlántida, desde el MADJ, queremos exigir justicia, por supuesto, pero no queremos que su nombre y su lucha se quede en una estadística más del fraude, del saldo de dolor y muerte que dejó.

Queremos confeccionar a pedacitos su historia y su vida, su ejemplo y su legado, que son finalmente las cosas y los hechos que siguen haciéndolo presente en nuestra historia propia.

Hoy recordamos a Wilmer Paredes. Sí, al mismo Wilmer, que estuvo a cargo de la seguridad de las movilizaciones anti fraude en San Juan Pueblo. El mismo que detectó al policía infiltrado y que luego de quitarle la fatiga y sus botas, lo entregó detenido con sus propias esposas. Era el Wilmer de liderazgo nato, indiscutible. De decisiones precisas, claras y oportunas.

Hoy queremos que su nombre y se ejemplo, sea la primera luz que ilumine este 2019 y los retos que tenemos frente a nosotras. Qué sea claro, enceguecedor que esta realidad nuestra hay que enfrentarla de esa forma, con determinación y fuerza. Sin comodidades, ni esperas o postergamientos. Que hay que pelear contra esta realidad hasta devolverla así, controlada, sin poder, sin la capacidad de seguir humillando a nuestro pueblo y nuestra gente, para que la dignidad sea la única forma de vida posible.

La Patria sigue viva y con memoria.

Ejército Zapatista de Liberación Nacional

Solidaridad con la periodista Nina Lakhani

24 de septiembre de 2018. El Movimiento Amplio por la Dignidad y la Justicia, frente a los ataques de los cuales ha sido víctima la periodista independiente, Nina Lakhani, del reconocido periódico “The Guardian”, manifiesta su solidaridad y condena de estos ataques que constituyen un patrón incrementado en los últimos meses en el país en contra de todas las personas involucradas en la denuncia de proyectos extractivos ilegales y criminales.

Lakhani, es ciudadana británica, periodista freelance radicada en México que ha informado para el diario británico Guardian durante cinco años. El 17 de septiembre de 2018, mediante un documento de prensa suscrito por la Asociación de Campesinos del Aguán (ACIVA), organización de la cual no existe rastro de existencia real,  el cual circuló en varias plataformas de medios sociales, entre ellas Twitter y WhatsApp, acusó a Lakhani de “manipular” a la población de la región del Bajo Aguán, y obligar a los pobladores a dar falsas declaraciones e incitarlos a la violencia, y la declaró “persona non grata” en la región.

Como un guion previsible, el comunicado también exhortó a las autoridades hondureñas a investigar a la periodista Lakhani, debido a que esta “está al servicio de oscuros intereses de grupos internacionales”, entre otras afirmaciones completamente falsas.

Nina Lakhani ha dado seguimiento desde mucho tiempo atrás al curso del primer caso de 8 personas imputadas por el asesinato de Berta Cáceres, así como el juicio en contra de David Castillo, ex gerente general de DESA, acusado también, como autor intelectual del crimen en contra de la coordinadora general del COPINH.

El ataque en su contra, a través de la supuesta asociación, plataforma falsa, forma parte de una campaña de odio, promovida por distintos sectores económicos y productores de energía, la cual ha sido denunciada y evidenciada por el MADJ en días recientes y de los cuales, nuestro Coordinador General, Martín Fernández y el encargado de asuntos políticos, Víctor Fernández. han sido víctimas.

Frente a esta ola de ataques, pretendiendo deslegitimar las honestas y necesarias resistencias en defensa de la verdad y la dignidad en Honduras, nos solidarizamos con la periodista Nina Lakhani, reconociendo una vez más su valioso aporte desde el periodismo independiente para el rompimiento del cerco mediático impuesto en el país por el poder económico y su aporte sustancial para la construcción de la verdad respecto del asesinato de Berta Cáceres y el develamiento de las redes criminales que están detrás de los proyectos extractivos en Honduras y en la región.

Demandamos al Estado de Honduras, que con la misma diligencia con la cual sus instituciones judiciales actúan para garantizar “Seguridad jurídica” a las empresas, actúen pronta y oportunamente para garantizar la seguridad de la periodista Lakhani y que esta pueda ejercer su derecho a la libertad de expresión y su labor informativa sin ningún riesgo.

Saludamos el reintegro de Magistrada y juez destituidos durante golpe de Estado

Este día 24 de septiembre de 2018, la Asociación de Jueces por la Democracia (AJD) y el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL), hicieron pública la noticia del reintegro de la magistrada Tirza Flores Lanza y el juez Guillermo López Lone, destituidos arbitrariamente durante el golpe de Estado en Honduras como represalias por sus actuaciones en pro del Estado de Derecho y los derechos humanos en el marco del momento de conflictividad y derrumbe institucional que el país enfrentaba.

Desde el momento de la destitución, los abogados Guillermo López Lone y Tirza Flores Lanza iniciaron una intensa búsqueda de justicia a nivel nacional e internacional lo que provocó que en el año 2015 la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) dictara sentencia condenando al Estado de Honduras, reconociendo las violaciones a derechos humanos de las cuales las funcionarias habían sido víctimas y ordenando medidas de reparación, así como el reintegro a sus puestos con todas las garantías laborales, gremiales y sociales que esto implicaba.

A pesar de la sentencia, en los años sub siguientes, el poder judicial de Honduras se resistió a ejecutar la sentencia, sin importarle el seguimiento que la Corte IDH mediante audiencias de revisión de cumplimiento de sentencia estaba corroborando la falta de voluntad estatal para garantizar justicia para los abogados Guillermo López Lone y Tirza Flores Lanza.

Este día que finalmente ha trascendido la noticia de su reintegro, desde el Movimiento Amplio por la Dignidad y la Justicia, saludamos la victoria obtenida por Guilermo López y Tirza Flores, quienes desde mucho antes del proceso de destitución han sido profesionales comprometidos con la justicia, con la construcción de un Estado democrático y de derecho y que luego de la arbitrariedad de las autoridades hondureñas, continuaron realizando una importante labor desde la Asociación de Jueces por la Democracia para la defensa de la independencia judicial en Honduras.

Reafirmamos que, en un país con la altísima fragilidad institucional que Honduras posee, profesionales como Tirza Flores y Guillermo López, que desde la labor jurisdiccional o desde la lucha gremial han aportado esfuerzos valiosos por sostener las justas y necesarias defensas de derechos humanos, el reintegro ordenado representa un importante precedente que sirve para alimentar la esperanza de que frente a la barbarie, a la ilegalidad y al abuso de poder, la persistencia, la digna resistencia son herramientas valiosas para menguar los abusos.

24 de septiembre de 2018

Movimiento Amplio por la Dignidad y la Justicia

Reducido el caudal del río Mezapa en Pajuiles, Tela

21 de septiembre de 2018. El bajo nivel del caudal de agua del Río Mezapa, es notorio después de varios meses de trabajo ininterrumpidos en la parte alta de la Sierra Nombre de Dios por parte de empresas extractivas que han generado violencia hacia quienes luchan por proteger el afluente que abastece de agua sus hogares.

En una imagen tomada el 25 de octubre de 2017 a la orilla de la carretera CA 13, se logra observar el caudal de agua que el río mantenía, mientras en la otra gráfica captada el 13 de septiembre de 2018, prácticamente 11 meses después, se observa como el caudal se ha reducido considerablemente. Ambas imágenes fueron tomadas después de varias horas de haber llovido en la zona, lo que quiere decir que en temporada de verano, el nivel o caudal del río desaparecería, dejando sin agua a las comunidades río abajo.

Las comunidades de Pajuiles organizadas en el Movimiento Amplio por la Dignidad y la Justicia mantienen, desde el 22 de marzo de 2017, una lucha por defender el río Mezapa de la destrucción de la empresa HIDROCEP, propiedad de Jason Hawit, quien en complicidad con la institucionalidad hondureña pretende imponer su proyecto a como dé lugar en la comunidad.

La lucha de las comunidades de Pajuiles organizadas en el Movimiento Amplio por la Dignidad y la Justicia, se ha traducido en al menos 15 acciones legales para detener los trabajos de la empresa, pero no han sido escuchados en las fiscalías del departamento de Atlántida, ni en ninguna otra instancia. La última acción que ha sido incumplida por la municipalidad y el Ministerio Público, es la sentencia emitida por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo, que ordena parar los trabajos de la empresa en la parte alta de la Sierra producto de la contaminación provocada a las aguas del río Mezapa.

El resultado de todo este proceso pacífico de parte de las comunidades ha sido represión contra los líderes de la lucha, represión por parte de la policía y sus diferentes dependencias, campanas de odio y desprestigio impulsadas desde la empresa y otras instancias, entre tanto esto ocurre, la convicción, la valentía y la dignidad nos hacen más fuertes para desterrar a los usurpadores que no han podido comprar nuestra Dignidad.

Solidaridad ante ataque en Guapinol

SOLIDARIDAD Y CONDENA POR ATENTADO CONTRA MIEMBROS DEL CAMPAMENTO GUAPINOL EN TOCOA, COLÓNDesde el Movimiento Amplio Por la Dignidad y la Justicia, ratificamos nuestra permanente solidaridad con la población del Sector Guapinol en el municipio de Tocoa, Colon, quienes han sido víctimas este día de ataque a disparos por parte de sicarios como parte del hostigamiento sistemático de parte de la empresa minera Inversiones Los Pinares, durante los 38 días de resistencia desde el Campamento en Defensa.