(Tegucigalpa, Honduras, 23 de febrero, 2022). La Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia reconoció, mediante Sentencia de Amparo, la violación de derechos humanos, especialmente en tiempos de pandemia – COVID 19, a más de 15 mil niñas, niños y adolescentes que sobreviven en condición de calle, sin embargo, a pesar del fallo, la sentencia adolece de un mandato explícito a la institucionalidad pública que obligue a un cambio de esta realidad.
La sentencia, que otorga de manera parcial la Acción de Amparo, reconoce que el Estado de Honduras a través de la Presidencia de la República, la Dirección de la Niñez y Adolescencia (DINAF) y el Sistema Nacional de Gestión de Riesgos (SINAGER) omitieron adoptar medidas reales y constatables de protección integral y resguardo para la niñez y adolescentes sobreviviendo en calle en el marco del estado de emergencia y suspensión de derechos decretado por el gobierno en el marco de la pandemia, por lo que demanda de estas instancias que “materialicen de manera constante y permanente” acciones que atiendan de manera eficaz los derechos de este grupo vulnerable.
Víctor Fernández, director del Bufete Estudios para la Dignidad, una de las cinco organizaciones que en abril de 2020 presentaron la Acción de Amparo, señaló que la importancia de este fallo radica en tres elementos: “porque es la primera vez que se reconoce judicialmente que el Estado de Honduras violenta los derechos de los más de 15 mil niños/as y adolescentes que sobreviven en calle, segundo porque se demuestra que el Estado de Honduras ha normalizado e institucionalizado la violación a los derechos de este sector pese a que están obligados a respetar y garantizarlos y tercero por la intervención realizada por el Poder Judicial sobre el Poder Ejecutivo demandando que se revierta esta conducta vergonzosa en contra de la niñez”.
Sin embargo, pese al reconocimiento judicial, señala Fernández, la sentencia carece de un mandato expreso al Poder Ejecutivo a partir del cual definir una ruta de cambio que permita establecer una política de atención integral de la niñez que sobrevive en calle. Por esta razón, agrega Fernández, se ha presentado un nuevo escrito ante la Sala de lo Constitucional con el fin de clarificar dos aspectos centrales: a) las formas que por acción u omisión han incurrido las autoridades y que vulneran los derechos de la niñez en calle y, b) que se establezcan las conductas a cumplir por las autoridades para salvaguardar los derechos de la niñez en calle.
Ante la dimensión de la sentencia, los amparistas también exhortaron a la comunidad internacional a revisar el fallo emitido la CSJ con el fin de verificar cómo todo el andamiaje legal internacional suscrito por el Estado de Honduras ha sido incumplido y de la posibilidad que se abre, a partir del fallo, de exigir el respeto y la aplicación de los mismos por parte de la institucionalidad pública.
El Bufete Estudios para la Dignidad, el Movimiento Amplio por la Dignidad y la Justicia (MADJ), COIPRODEN, Casa Alianza y FUNDAMBIENTE presentaron desde abril de 2020 una Acción de Amparo para que se garantizara el goce de los derechos fundamentales a la vida, a la salud, la integridad personal y a la dignidad humana violentados por el Estado de Honduras al omitir su obligación de protección a los niños y niñas sobreviviendo en calle en el marco de la urgencia de la pandemia covid-19. 20 meses después la CSJ se pronunció otorgando un amparo parcial, pero sigue sin instruir acciones concretas que deban ser cumplidas por el Poder Ejecutivo para respetar y garantizar los derechos de estos más de 15 mil niños, niñas y adolescentes que sobreviven en la calle.